En caso de ocurrir un siniestro durante el arriendo (sea un accidente de tránsito, choque, atropello, volcamiento, robo, hurto, daño por terceros desconocidos, incendio, etc.), el Arrendatario se obliga a informar inmediatamente de lo ocurrido al Arrendador.
Pasos a seguir:
1. Comunicación inmediata: Contactar desde el lugar de los hechos con la sucursal o número de emergencia proporcionado.
2. Plazo máximo de aviso: Dentro de un plazo máximo de 12 horas siguientes al evento debe dejar constancia de lo sucedido ante el Arrendador.
3. Denuncia policial: Tratándose de accidentes con lesionados o terceros involucrados, o ante cualquier hecho delictual (robo, daño intencional), el Arrendatario deberá denunciar el hecho de inmediato ante Carabineros de Chile u la autoridad policial competente, obteniendo la constancia o parte policial respectivo.
4. Declaración de Siniestro: Completar los formularios de Declaración de Accidente o Siniestro que le facilite el Arrendador o su aseguradora.
Importante: La falta de aviso oportuno o la omisión dolosa de datos sobre el siniestro puede ocasionar la pérdida de cobertura del seguro.
Asistencia en Carretera (dentro de Chile):
- Grúa para traslado de emergencia hasta un máximo de ~300 km desde el lugar del incidente
- Tope máximo de 12 UF
- No aplica si el incidente ocurrió en caminos no habilitados, zonas fuera de ruta o de muy difícil acceso
Fuera de Chile (ej.: en Argentina): El Arrendatario no contará con asistencia en ruta por parte del Arrendador.
En caso de daños menores (abolladuras pequeñas, ralladuras, pinchazo de neumáticos sin terceros involucrados): El Arrendador debe ser notificado a la brevedad. El Arrendador evaluará dichos daños al momento de la devolución.
En caso de robo o hurto del vehículo:
- Realizar la denuncia policial inmediatamente
- Dar aviso al Arrendador dentro de las 12 horas siguientes
- Entregar copia de la denuncia
Ante un robo total o pérdida total del vehículo, el Contrato permanecerá vigente hasta que la compañía de seguros confirme la pérdida total y el Arrendador libere formalmente al Arrendatario de sus obligaciones.